miércoles, septiembre 29, 2010

¿SE ESTÁN CUMPLIENDO LOS OBJETIVOS DE LA LEY 9/2010?



AENA solicita horas extraordinarias a los controladores en activo, mientras 47 controladores formados por un coste de 14.000.000 € esperan desde julio la asignación de destino e incorporación al servicio.


ANTECEDENTES
En febrero, el Congreso aprueba por 332 votos a favor, 4 abstenciones y 1 en contra el RDL 1/2010 de 5 de febrero por el que "se fijan ciertas condiciones laborales de los controladores civiles de tránsito aéreo" (CCAs), estando entre sus objetivos "garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de tránsito aéreo".

El 15 de abril, la Ley 9/2010 deroga el citado RDL en similares términos.

La sentencia 0047/2010 de 10 de mayo de la Audiencia Nacional, desestimando la demanda por conflicto colectivo presentada por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) ante la promulgación de la citada ley, hace reiteradas referencias a los perjuicios derivados de una escasez endémica de controladores aéreos. He aquí algunas citas:
  • "La escasez de controladores aéreos es un problema endémico para el servicio.", 
  • "Se parte de una realidad, constatada por los negociadores, según la cuál el número de controladores aéreos ha sido muy deficitario para hacer frente al servicio.", 
  • "En el servicio público de tránsito aéreo, la escasez de controladores constituye un mal endémico.",
  • "contexto de escasez de controladores".


SITUACIÓN ACTUAL
La última incorporación de CCAs a la plantilla de AENA se produjo en 2009 con anterioridad a la citada sentencia (promoción 28 de SENASA).

AENA sigue solicitando horas extraordinarias a los CCAs para asegurar la continuidad del servicio.

La ley 9/2010 de 15 de abril establece que los CCAs dejan de desempeñar funciones operativas a partir de los 57 años de edad. La aplicación de esta ley ha supuesto el abandono forzoso del servicio activo de numerosos controladores, agravando la carencia estructural de estos profesionales, hasta el punto de que el Senado solicitó el 20 de septiembre la modificación de la norma para poder reincorporar a estos efectivos. Véanse los artículos aparecidos en EuropaPress y la nota de prensa de AENA a este respecto.

CONCLUSIÓN
Se constata que, a día de hoy, todavía está por resolver la carestía de recursos humanos ya reconocida en el 20º acuerdo del Primer Convenio Colectivo de 1999, entre el ente público AENA y el colectivo de CCAs.

Este argumento queda reforzado por la nota de prensa emitida por el Ministerio de Fomento, el 1 de junio de 2010, por la que se da a conocer que SENASA formará un total de 300 nuevos profesionales de control de Torre, Ruta y Aproximación hasta 2012.

Esta insuficiente capacidad de formación está siendo complementada por escuelas privadas de controladores aéreos, creadas al amparo del capítulo VIII del RD1516/2009, "por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo", que complementan las actividades formativas de la hasta ahora única proveedora de formación, SENASA.

Mientras esto sucede, 47 controladores egresados de la 29ª promoción de SENASA el pasado mes de julio, cuya formación ha supuesto una inversión pública por valor de 14.000.000 de euros (300.000 € por alumno), aguardan en sus domicilios la asignación de un destino operativo, que tal y como establecen las bases de la convocatoria 2006 debería producirse tras la superación del curso.

DEMANDA
La inmediata incorporación de estos efectivos al servicio activo debe permitir, necesariamente, progresar en el cumplimiento de los objetivos descritos en la Ley 9/2010 relativos a la continuidad del servicio así como a la eficiencia económica, tanto por contribuir a la reducción de las horas extraordinarias como por permitir la amortización de la inversión realizada por el Estado en concepto de formación.

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